Fuente: http://www.emol.com/noticias/econom...jadores-independientes-a-partir-del-2012.htmlA partir del 1 de enero las personas que emitan boletas de honorarios estarán obligadas a cotizar sobre el 40% de su renta, aunque se podrá elegir excepciones.
La autoridad indicó que "en realidad la ley dice que entre el 2012 y 2015 van a tener que cotizar los trabajadores que emitan boletas de honorarios y que no manifiesten su intención de no hacerlo. Sólo a partir del 2015 ya no hay posibilidad de excusarse y la cotización pasa a ser plenamente obligatoria".
Así, las personas que deseen tomar la opción de realizar sus cotizaciones deberán calcularlas sobre el 40% de su renta, es decir, sobre la porción que será imponible. Del monto que ahí resulte, el trabajador independiente tiene la opción de pagarlo todos los meses, en su declaración de impuestos anual que haga el 2013 o en una combinación de las dos opciones.
Iglesias explicó que una persona que cotice de manera independiente puede ingresar más dinero de lo que la ley obliga, puesto que "esto es un ahorro que hacen ellos mismos y que les va a servir para poder financiar su pensión de vejez". "Alguien podría hacer pagos mensuales por una parte y después reliquidar con la declaración de impuestos", enfatizó.
Fuente: http://www.previsionsocial.gob.cl/cotizacion-honorarios/¿Qué Obtengo?
Los trabajadores a honorarios que coticen tendrán los mismos beneficios que actualmente tienen los trabajadores dependientes. En particular, las cotizaciones previsionales dan derecho a los siguientes beneficios:
Pensiones:
Pensión de vejez.
Pensión de invalidez.
En caso de fallecimiento, pago de la cuota mortuoria y pensiones de sobrevivencia para sus beneficiarios.
Seguridad laboral:
Cobertura en caso de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, consistente en el pago del subsidio de incapacidad laboral; atención médica y rehabilitación gratuita; pensión de invalidez y, en caso de fallecimiento, pago de cuota mortuoria y pensiones de sobrevivencia para sus beneficiarios.
Salud:
Acceso a los planes de salud contratados, ya sea en Isapre o Fonasa, adquiriendo el derecho al pago de bonificaciones en las prestaciones médicas y al pago de licencias médicas en caso de enfermedad.
Otros beneficios:
Derecho a Asignación Familiar.
Derecho a afiliarse a una Caja de Compensación.
Lo bueno es que ahora los empleadores van a contratar a todos los que boletean